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Tras la polémica entre comerciantes y banqueros por los descuentos aplicados por el uso de tarjetas, no tenemos noticias sobre el resultado de las negociaciones tendentes a fijar precios máximos en la prestación de este servicio financiero. Pero no resulta extraño pues, de haberse concertado dicho acuerdo, sería ilegal por ser contrario a las leyes que rigen la libre competencia en el mercado.
El servicio de mediación en los pagos que prestan los bancos mediante los sistemas de tarjetas, es, como todo los servicios bancarios, una actividad económica sometida a las reglas del mercado. Hace años que se descartó en la Unión Europea la pretensión de considerar la actividad bancaria como un servicio de interés general excluido de las normas que rigen la libre competencia. En este sentido, el precio de los servicios financieros debe resultar de la libre concurrencia y están prohibidos los acuerdos de fijación de precios.
Por esta razón, llama la atención que desde el Gobierno se haya favorecido un acuerdo de este tipo. Y, también, que la oposición, haya tratado de institucionalizar esta clase de arreglos, a través de iniciativas legislativas. La cordura ha venido de la mano del Director General del Banco de España, Raimundo Poveda, al cuestionar la legalidad de este tipo de soluciones.
Los acuerdos de fijación de precios son anticompetitivos por que distorsionan el mercado, al impedir una adecuada asignación de los recursos. Cada usuario debe soportar el coste del servicio prestado. No es lícito imponer a unos comerciantes que subsidien a los que incurren en costes más altos al hacer un uso residual del servicio de tarjeta. Debe ser el mercado, quien fije los precios. Pero para hacerlo, en primer lugar es necesario determinar cuál es el servicio prestado y quiénes son los usuarios del mismo.
El servicio de tarjeta que prestan los bancos a sus clientes tiene dos vertientes. Por una lado, los bancos prestan un servicio de pagos a los titulares de las tarjetas, y por otro, un servicio a los comerciantes, quienes pueden a través de este sistema cobrar parte de sus ventas. Son dos servicios enlazados pero que conviene distinguir con el fin de fijar los costes y las tarifas derivados de su utilización. De no hacer esta distinción se puede caer en la tentación de hacer pagar a una de las partes el servicio prestado a la otra.
Y es lo cierto, que, de hecho, quien paga el servicio de tarjeta, en sus dos vertientes, es el comerciante: en beneficio de la banca, que fomenta el uso de tarjetas entre el público, y en beneficio de los consumidores, que se ven liberados del coste en el que incurren.
La comisión, en forma de descuento, que cobran los bancos a los comerciantes comprende no solo la remuneración del servicio de cobro de la facturación, sino también, en gran parte, el servicio de caja que presta el banco al titular de la tarjeta. Los comerciantes soportan el coste que debería recaer sobre los titulares de las tarjetas. Ésta es la cuestión de fondo y lo que justifica las protestas de los comerciantes. La fijación de precios máximos es una solución equivocada y, además, ilegal.
Para avanzar hacia una solución adecuada al problema de las tarjetas es necesario suprimir aquellas restricciones que afectan a la correcta formación de los precios. La principal reside en la prohibición, recogida en los contratos que suscriben los comerciantes con los bancos, de trasladar a los titulares el coste en el que incurren al utilizar la tarjeta. Los comerciantes deben tener total libertad para repercutir el coste del servicio sobre los titulares de las tarjetas. Esta regla, ya incluida en los ordenamientos de algunos países europeos (Reino Unido, Dinamarca, Noruega) y en estudio por la Comisión Europea, permitiría al consumidor comparar entre los distintos medios de pago y decidir si paga en efectivo o con tarjeta, y si opta por la tarjeta, con qué tarjeta, dependiendo del coste asociado a su utilización.
Las asociaciones de consumidores no pueden permanecer ajenas a la polémica. Pocas cuestiones afectan a más número de consumidores que las derivadas del uso de tarjetas bancarias. En la situación actual, quienes pagan sus compras con dinero en efectivo están subvencionando a quienes hacen uso de las tarjetas, en la medida en que los comerciantes incorporan a los precios el coste del uso de las tarjetas. Se discrimina a unos consumidores frente a otros, dependiendo del medio de pago elegido. Fenómeno que se agudiza cuando el emisor de las tarjetas incentiva su uso ofreciendo descuentos en los precios de los productos. Muy bien se puede ofrecer un descuento del uno por ciento en todas las compras realizadas con la tarjeta si al comerciante le cobramos un tres por ciento.
Aunque pueda resultar llamativo, la protección del mercado y de los consumidores exige que los costes derivados del uso de las tarjetas se hagan recaer sobre quienes las utilizan y recordemos que usuarios de los sistemas de tarjetas son tanto los comerciantes como los consumidores. Cuando un consumidor decida utilizar como medio de pago una determinada tarjeta sobre él debe recaer el coste asociado al uso de la misma. En qué medida, y en qué condiciones de transparencia, es una cuestión a determinar, ya sea a través de iniciativas legislativas o, en forma de códigos de conducta libremente aceptados por los interesados. Y en su determinación mucho tienen que decir las asociaciones de consumidores.
Publicado en Expansión.