Condonación de deuda con la banca de los partidos políticos

Comentario a la Ley Orgánica 5/2012, de 22 de octubre, de reforma de la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos

Fernando Zunzunegui, publicado en El Economista

Los bancos son empresas con ánimo de lucro. Nunca perdonan lo que se les debe. No condonan ni pueden condonar las deudas de sus clientes. Si esto ocurriera, los accionistas del banco podrían pedir la responsabilidad de los administradores por no cumplir su objeto social. Del mismo modo que no se pueden pagar astillas o coimas para extender negocio en el extranjero, no se pueden condonar deudas a cambio de favores políticos futuros.  Lo que si cabe es renegociar las condiciones de los créditos. En este sentido los partidos políticos pueden llegar a acuerdos respectos de las condiciones de las deudas que mantengan con entidades de crédito, siempre según el tráfico mercantil habitual. Lo cual no significa que tengan el privilegio de condonar las deudas bancarias. Al menos así era hasta ahora, pues se acaba de reformar la Ley orgánica sobre financiación de los partidos políticos para consagrar este privilegio. Según la nueva redacción de esta Ley los partidos pueden condonar cada año hasta 100.000 euros por entidad de crédito.

Conforme está redactado el precepto parece que, atendiendo a las condiciones del principal y los intereses del préstamo bancario, se les hay otorgado a los partidos el derecho a condonar sus deudas bancarias. Es una medida bienintencionada -pues pretende poner coto a los abusos-, pero ilegal y contraria a Derecho. Nadie tiene derecho a que le condonen las deudas bancarias, ni por 100.00 euros ni por 100 millones de euros. No es una cuestión cuantitativa. Es una cuestión de principios. Las operaciones activas de la banca se rigen por contratos en los que se fija una retribución en forma de intereses y un plazo para el reembolso de los anticipos recibidos. Vencido el plazo la banca exige el reembolso del capital prestado. Si no paga el prestatario se le requiere, embargando sus bienes si es preciso. Son muchas las familias que conocen en sus propias carnes el rigor de la banca y el peso de la Ley. Admitir que hay alguien que tiene derecho a que le condonen las deudas bancarias es una brecha en el sistema financiero. Pone en cuestión la exigibilidad de las deudas bancarias. En el mercado financiero rige el principio de igualdad de trato del cliente bancario y cualquiera podría pedir igual trato que el que se da a los partidos políticos.

Desde la perspectiva política la consagración legal del derecho de los partidos a condonar sus deudas bancarias es una torpeza. En un momento en el que los partidos políticos constituyen uno de las principales preocupaciones de los españoles, nuevos privilegios merecen el mayor de los rechazos. Aunque se limite a poner coto a los abusos del pasado pues se vienen condonando cantidades superiores. Pero se hace sin amparo legal. Ahora podrán condonar porque la Ley se lo permite. Los abusos deben ser prohibidos nunca amparados por el ordenamiento jurídico. Lo fácil que habría sido incluir en la Ley la prohibición de condonar deudas bancarias  a los partidos políticos.

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