Bankia condenada a indemnizar 206.000 euros por mal asesoramiento en preferentes y subordinadas

zunzunegui (+)_medianoLa Sentencia 4/2014 dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 97 de Madrid, ha condenado con costas a Bankia, S.A. a la devolución de los importes invertidos, menos rendimientos más intereses, en un procedimiento defendido por Zunzunegui Abogados.

El juzgador da la razón a una cliente minorista dedicada a la educación a quién los asesores de Bankia recomendaron invertir 151.000 euros en participaciones preferentes y 55.000 euros en obligaciones subordinadas. La sentencia, que se apoya en las declaraciones de los testigos empleados de Bankia, recoge que “difícilmente puede sostenerse que se estuviese ante una mera labor de comercialización, existiendo verdadera recomendación o asesoramiento individualizado”. En este sentido considera “doctrina aplicable”  la Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de abril de 2013 por apreciarse “asesoramiento personalizado”.

Como novedad remarcable destaca que la Sentencia no declara la nulidad de ningún contrato, si no “el cumplimiento negligente de las obligaciones contractuales por la entidad Bankia con relación a las órdenes de compra”, de conformidad con la demanda.  

Fernando Zunzunegui, presidente de Zunzunegui Abogados, destaca la importancia de la sentencia al abrir una nueva vía a las demandas por preferentes y subordinadas “al no pedirse la nulidad de las órdenes de compra, sino la indemnización por negligencia en el cumplimiento de las obligaciones profesionales como comisionista de mercado».

Referencias

El Economista: Condenan a Bankia a devolver 206.000 euros a un preferentista por asesorarle mal

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