Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo, de 18 de octubre de 2007, Sala de lo Civil
Fernando Zunzunegui
Según la clarificadora sentencia del Tribunal Supremo de 18 de octubre de 2007 “debe distinguirse el negocio jurídico de constitución de hipoteca, formal o solemne, del derecho real. La inscripción en el Registro de la Propiedad es elemento constitutivo del derecho real de hipoteca. Pero aquel contrato constitutivo de hipoteca queda perfeccionado cuando han concurrido sus elementos, incluida la forma y desde tal momento, las partes quedan obligadas: se ha formado la relación jurídica que les vincula entre ellos y sin alcanzar a tercero (artículos 1255 y 1257 del Código civil).” (más…)

